BIENES PÚBLICOS
Llámense así a los Bienes o servicios que no pueden ser disfrutados por un individuo sin que otros también tengan acceso a ellos. Al establecerse una fuerza policial o un servicio de alumbrado público, por ejemplo, no es posible suministrar el Bien a quienes paguen por él y excluir de su disfrute a quienes así no lo hagan. El Consumo que una persona haga de tales Bienes no disminuye el consumo de las restantes personas, a diferencia de lo que ocurre con los otros bienes, que por ello son llamados Bienes privados.
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